Testamento Ológrafo en Cataluña

Abogado Civil

El Testamento ológrafo en Cataluña queda regulado por el Código Civil Catalán. Se exige la mayoría de edad para su otorgamiento, que sea redactado íntegramente por el testador y además que se protocolice una vez fallecido el causante mediante su presentación ante el juez competente.

Como todos los testamentos catalanes, el ológrofa también debe contener la designación de heredero para diferenciarse de Codicilos y memorias testamentarias.

El testamento Ológrafo en Cataluña debe especificar en el mismo el lugar en el que se escribe. Si bien encontramos algunas sentencias en las que se determina que la falta de designación del lugar no priva de validez al testamento ológrafo.

Testamento Ológrafo en Cataluña

Además en el Derecho Catalán encontramos la importante particularidad de que se permite que el testamento ológrafo sea mancomunado. Esto quiere decir que se pueden recoger en el mismo escrito disposiciones de dos personas, debiendo plasmar ambas su firma. Esto no es posible hacerlo conforme a la regulación de otros Derechos, implicando siempre la nulidad de la disposición si así se hiciera.

¿Si falta algún requisito, se puede no protocolizarlo no presentándolo al Juez?

No. Siempre debe presentarse. Si faltara algún requisito y algún heredero quisiera posteriormente impugnarlo alegándolo, podrá hacerlo.Abogados testamento Ológrafo en Cataluña barcelona herencias

Por tanto, concluimos que pese a que el testamento ológrafo parece ser una forma de hacer testamento fácil y tremendamente tentadora por la aparente facilidad y practicidad del mismo, al ahondar un poco más sobre todos los requisitos exigidos, que conlleva un conocimiento necesario de los mismos para que perdure sin poder ser declarado nulo por la no observancia de todos ellos, en el fondo no lo es tanto.

Por ello, pese a que sigue recogido en nuestro Derecho como una forma más a tener en cuenta a la hora de hacer testamento, en la actualidad es una forma que ha caído en desuso por los problemas graves que pueden acarrear la no observancia de los requisitos exigidos, frustrando así la voluntad del heredero por algo fácilmente evitable acudiendo al otorgamiento de testamento Notarial.

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